Los representantes de los Estados miembros en el Comité Especial de Agricultura (CEA) aprobaron hoy el mandato de negociación del Consejo sobre una modificación específica de la normativa para fortalecer la posición de los agricultores en la cadena de suministro de alimentos y abordar nuevos desafíos a los que se enfrentan.
Se trata de un cambio concreto en el reglamento sobre la Organización Común de Mercados de los Productos Agrícolas (OCM) y de las otras dos leyes que rigen la Política Agrícola Común (PAC). Las normas propuestas están diseñadas para fortalecer la posición negociadora de los agricultores, de modo que los actores influyentes de la cadena alimentaria no les impongan condiciones desfavorables, según el Consejo de la UE.
Elementos principales de la propuesta
Las modificaciones propuestas al Reglamento de la OCM se centran en varias áreas clave, con el fin de fortalecer el papel de los agricultores en la cadena de suministro de alimentos. Para ello, se ha solicitado que los contratos escritos sean una obligación general entre agricultores y compradores y se mejore la forma en que los contratos a largo plazo tienen en cuenta la evolución del mercado, las fluctuaciones de los costes y las condiciones económicas
Además, también se ha propuesto introducir una cláusula de revisión en los contratos a largo plazo para proteger mejor a los agricultores y garantizar que no queden atrapados en condiciones desfavorables. Otras de las medidas son racionalizar las normas para el reconocimiento jurídico de las organizaciones de productores; y fortalecer las organizaciones de productores y sus asociaciones, permitiendo a los Estados miembros concederles más apoyo financiero.
Por último, también se buscará alentar a los agricultores jóvenes y nuevos a unirse a organizaciones de productores y definir las condiciones de uso de términos opcionales como «justo», «equitativo» y «cadena de suministro corta» al comercializar productos agrícolas.
Principales cambios acordados por el Consejo
El Consejo apoya los elementos principales y los objetivos generales de la propuesta, pero sugiere una serie de mejoras en su mandato de negociación.
Contratos escritos
El Consejo propuso una serie de enmiendas para aclarar quiénes están sujetos a la obligación de contratos escritos. También introdujo nuevas excepciones, con el fin de otorgar mayor flexibilidad a los Estados miembros para adaptar la obligación a sus necesidades específicas, en función del sector y el producto.
En particular, los Estados miembros podrán decidir que no es necesario un contrato escrito si el primer comprador de productos agrícolas es una microempresa o una pequeña empresa, la entrega de los bienes tiene lugar y el pago se efectúa al mismo tiempo, o si el valor de las entregas no supera un máximo de 20.000 euros.
Cláusula de revisión de contratos
Además, los agricultores podrían activar la cláusula de revisión de los contratos a largo plazo después de 12 meses, en lugar de los seis meses propuestos por la Comisión. Esto pretende garantizar la previsibilidad y la estabilidad en la cadena de suministro, asegurando al mismo tiempo la protección de los agricultores, en particular en situaciones en las que el precio que reciben por sus productos ya no cubre los costes de producción.
Mecanismo de mediación
Para reducir la carga administrativa y respetar la situación específica de los Estados miembros, el Consejo acordó que los mecanismos de mediación deberían ser voluntarios, lo que significa que correspondería a los Estados miembros decidir si establecerlos o no.
Entrada en vigor
El Consejo acordó un período de transición de dos años, en comparación con los 18 meses previstos en la propuesta. Esto permitirá al sector agroalimentario adaptarse y prepararse para las nuevas normas.






