El Consejo y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional sobre una nueva directiva de revisión que busca aumentar la eficacia de la representación de los trabajadores en las grandes multinacionales .
Según ha informado el Consejo, esta revisión modificará la directiva vigente sobre los comités de empresa europeos (CEE), facilitando su constitución, mejor financiación y mayor protección .
Los comités de empresa europeos desempeñan un papel fundamental para garantizar que los empleados de las grandes empresas multinacionales sean informados y consultados sobre los asuntos transnacionales que les afectan. Al mejorar el proceso de consulta, los recursos puestos a disposición de los comités de empresa europeos y su acceso a la justicia, el acuerdo alcanzado hoy entre el Consejo y el Parlamento aborda las deficiencias de la Directiva de 2009 y refuerza la representación de los trabajadores.
Agnieszka Dziemianowicz-Bąk, ministra polaca de Familia, Trabajo y Política Social
La nueva directiva busca que la legislación que rige los Comités de Empresa Europeos (CEE) sea más clara, eficaz y fácil de aplicar . Los principales elementos del acuerdo del Consejo con el Parlamento incluyen:
Asuntos transnacionales : se ha aclarado el alcance de los asuntos transnacionales para garantizar que las decisiones que afecten sustancialmente a los trabajadores en más de un Estado miembro generen una obligación de informar y consultar a un CEE, sin que esto se extienda a decisiones cotidianas o cuestiones que solo afecten a los empleados de manera trivial.
Representación de género: el Consejo y el Parlamento acordaron aspirar a una representación de género más equilibrada en los comités de empresa europeos.
Confidencialidad : solo se puede exigir que la información se mantenga o se trate como confidencial si se cumplen criterios objetivos y mientras persistan las razones que justifican estas limitaciones.
Acceso a la justicia: el nuevo acuerdo refuerza las disposiciones sobre el acceso a los procedimientos judiciales y (cuando corresponda) a los procedimientos administrativos, incluso garantizando que se cubran los costos relacionados con la representación y la participación legal.
Sanciones : en caso de que una empresa no cumpla las normas establecidas en la Directiva, las sanciones económicas impuestas deben ser suficientemente disuasorias, teniendo en cuenta también diferentes factores como la gravedad, la duración, las consecuencias y la naturaleza intencional o negligente de la infracción.
El acuerdo provisional alcanzado hoy debe ser confirmado por los embajadores de los Estados miembros. Las nuevas normas se adoptarán tras una revisión jurídico-lingüística, y los Estados miembros deberán transponer las disposiciones de la directiva a su legislación nacional en un plazo de dos años a partir de su entrada en vigor. Aplicarán las disposiciones de la directiva a más tardar tres años después de su entrada en vigor.
Los CEE son organismos de información y consulta que representan a los trabajadores europeos en empresas multinacionales con más de 1. 000 empleados que operan en al menos dos países de la UE o del Espacio Económico Europeo (EEE).
El 24 de enero de 2024, la Comisión presentó una propuesta de directiva por la que se modifica la Directiva 2009/38/CE en lo que respecta a la constitución y el funcionamiento de los comités de empresa europeos (CEE) y al ejercicio efectivo de los derechos transnacionales de información y consulta.
El objetivo de la directiva es subsanar las deficiencias de la legislación vigente sobre los CEE con el fin de mejorar la eficacia del marco de información y consulta de los trabajadores a nivel transnacional.
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