Esta decisión se toma para dar más tiempo a terceros países a que apliquen la normativa y poder garantizar que productos que venda o exporte la UE estén libres de deforestación.
Según el Consejo, este aplazamiento permitirá preparar plenamente a terceros países, Estados miembros, operadores y comerciantes en sus obligaciones de diligencia debida.
Este aplazamiento tiene el objetivo de garantizar que determinados productos y productos vendidos en la UE o exportados desde la UE estén libres de deforestación. Esto incluye productos hechos de ganado, madera, cacao, soja, aceite de palma, café, caucho y algunos de sus productos derivados.
La Comisión presentó su propuesta sobre la posibilidad de aplazar la fecha de aplicación del Reglamento sobre la deforestación en respuesta a las preocupaciones planteadas por los Estados miembros, terceros países, comerciantes y operadores de que existía el riesgo de que no pudieran cumplir plenamente las normas antes del 31 de diciembre de 2024.
El Consejo informa de que el reglamento de deforestación ya está en vigor desde el 29 de junio de 2023 y sus disposiciones se aplicarán a partir del 30 de diciembre de 2024. El Consejo ha acordado la propuesta de la Comisión de aplazar una vez por un año la fecha de aplicación del Reglamento.





