El Consejo llegó hoy a un acuerdo sobre un marco propuesto para el Acceso a Datos Financieros (FIDA) que tiene como objetivo abrir el acceso de las instituciones financieras a los datos de sus clientes.
En una nota de prensa, el Consejo destaca que un mejor intercambio de datos permitiría a los participantes del mercado llegar a los consumidores con productos y servicios financieros altamente personalizados, por ejemplo oportunidades de inversión, procesos simplificados de solicitud de préstamos o productos con tasas de interés más bajas.
Esto crearía un sector financiero más competitivo y mejoraría el acceso de los consumidores, en particular de los particulares y las pequeñas y medianas empresas (PYME), a la financiación.
La propuesta pretende lograr este objetivo introduciendo normas armonizadas sobre qué datos compartir y cómo compartirlos, fomentando la transparencia y la comparabilidad y garantizando una compensación adecuada para los titulares de datos que los pongan a disposición.
Por otra parte, para garantizar una protección adecuada de los clientes , el nuevo marco garantizaría que estos mantengan un control efectivo sobre sus datos. Además, facultaría a las Autoridades Europeas de Supervisión para emitir directrices que proporcionen protección contra el trato injusto o los riesgos de exclusión.
En su posición, el Consejo apoya en gran medida la propuesta inicial de la Comisión, siguiendo un enfoque gradual para la aplicación del régimen.
Además, aclara su alcance definiendo qué conjuntos de datos, productos o sectores específicos deben cubrir y a qué se deben aplicar estas normas, así como un plazo para la entrada en vigor de las obligaciones de intercambio de datos.
Por ejemplo, el Consejo excluyó los datos relacionados con las pensiones de jubilación, pero dio a los Estados miembros la posibilidad de optar por el régimen. También concedió a los sistemas de intercambio de datos la capacidad de introducir un límite temporal para el intercambio de los datos de los clientes si no están fácilmente disponibles en formato digital.
El Consejo reforzó las normas que rigen a los proveedores de servicios de información financiera (FISP) de terceros países , que son entidades autorizadas a acceder y utilizar datos de clientes para ofrecer servicios como asesoramiento financiero y gestión financiera personal. Además, las entidades que se consideren guardianes de acceso estarán estrictamente reguladas y supervisadas para garantizar una competencia leal.






