El Consejo de la Unión Europea dio luz verde este lunes a una actualización del mecanismo de la UE para suspender la exención de visado a los ciudadanos de países terceros que no requieren visado para viajar al área Schengen. Con las nuevas modificaciones, la UE podrá reaccionar de manera más rápida y decidida ante situaciones en las que se abuse de la exención de visado o esta vaya en contra de los intereses del bloque.
Según el Consejo, la normativa revisada establece nuevos motivos para activar el mecanismo de suspensión. “La UE podrá revocar el estatus de exención de visado de un país tercero si dicho país no está alineado con la política de visados de la Unión Europea”.
Además, la exención de visado podrá ser suspendida si el país en cuestión gestiona un programa de ciudadanía por inversión, en el que se otorgan pasaportes a personas sin vínculos genuinos con el país. En estos casos, la medida también podrá aplicarse si las relaciones entre la UE y el país empeoran, como ocurre cuando se producen violaciones de derechos humanos.
La nueva regulación también hace más sencillo activar la suspensión de la exención de visado. Se establece un umbral del 30% en lugar del 50% que existía anteriormente, para cuantificar aumentos sustanciales en los casos de entrada rechazada, estancias ilegales, solicitudes de asilo o delitos graves cometidos por los ciudadanos de un país tercero.
“Este ajuste permitirá que la UE tome decisiones más rápidamente en caso de irregularidades importantes relacionadas con la migración o la seguridad”, señala el comunicado. Además, la duración inicial de la suspensión de la exención de visado aumentará a 12 meses, en lugar de los 9 meses que se establecían anteriormente.
Este periodo podrá ser prorrogado por 24 meses adicionales, frente a los 18 meses actuales. Este plazo más largo dará tiempo a la UE para entablar negociaciones con el país afectado, con el fin de corregir las circunstancias que motivaron la suspensión antes de considerar una revocación definitiva del régimen de exención de visado.
La nueva normativa también introduce un enfoque más selectivo en la aplicación de las medidas. Mientras que anteriormente la suspensión de la exención de visado afectaba a todos los ciudadanos de un país durante el periodo de prórroga, ahora la UE podrá decidir aplicar la medida de manera dirigida, manteniendo la suspensión solo para funcionarios del gobierno o diplomáticos de ese país, si así lo considera necesario.
La nueva regulación entrará en vigor el vigésimo día después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Una vez en vigor, será directamente vinculante y aplicable en todos los Estados miembros de la UE.






