Hoy, La UE ha solicitado hoy consultas con el Reino Unido en el marco del mecanismo de solución de diferencias del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre ambas, debido a la decisión del Reino Unido de prohibir la pesca del lanzón.
El 26 de marzo de 2024, Reino Unido decretó el cierre de la pesquería del lanzón que comprende las aguas inglesas del mar del Norte y todas las aguas escocesas. Debido a esta restricción los buques de la UE tienen el acceso a esta pesquería prácticamente restringido. Por ello, la UE cuestiona la compatibilidad del cierre total y permanente de la pesquería con los principios y obligaciones establecidos en el Acuerdo de Comercio y Cooperación.
Según recoge el Acuerdo de Comercio y Cooperación, la UE y el Reino Unido han pactado aplicar medidas basadas en pruebas, proporcionadas y no discriminatorias para la conservación de los recursos marinos vivos. La UE mantiene su compromiso de cooperar con el Reino Unido para alcanzar estos objetivos.
La cooperación entre la UE y el Reino Unido en el marco del Acuerdo de Comercio y Cooperación ha evolucionado de forma positiva, también en el marco del Comité Especializado en Pesca, y la UE pretende alcanzar una solución mutuamente aceptable con el Reino Unido que resuelva esta cuestión.
Virginijus Sinkevicius, comisario responsable de Medio Ambiente, Océanos y Pesca, ha declarado: “El cierre permanente de la pesca del lanzón por parte del Reino Unido priva a los buques de la UE de las posibilidades de pesca, pero también vulnera los compromisos básicos en virtud del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la UE y el Reino Unido. Unas poblaciones de lanzón sanas no solo son vitales para el delicado equilibrio de nuestros ecosistemas marinos, sino también para los medios de subsistencia de nuestros pescadores. Ya se han adoptado medidas para proteger esta importante especie, en particular mediante el establecimiento de capturas por debajo de los niveles científicos recomendados y zonas de veda para proteger a las aves marinas”.
La Comisión Europea supervisa estrechamente el cumplimiento de los compromisos por parte de los socios de la UE, también en el marco del Acuerdo de Comercio y Cooperación con el Reino Unido, y actúa cuando es necesario para garantizar el cumplimiento de dichos compromisos.
