El Consejo y el Parlamento han alcanzado un acuerdo provisional sobre las modificaciones de la Directiva Solvencia II, el principal instrumento legislativo de la UE en el ámbito de los seguros y las nuevas normas sobre recuperación y resolución de seguros (IRRD).
Las nuevas normas sobre Solvencia II impulsarán el papel del sector de seguros y reaseguros a la hora de proporcionar fuentes privadas de inversión a largo plazo a las empresas europeas. Al mismo tiempo, harán que el sector sea más resiliente y esté más preparado para los desafíos futuros con el fin de proteger mejor a los asegurados.
Con este doble papel, el sector contribuirá a la consecución de la Unión de los Mercados de Capitales, a la financiación de las transiciones verde y digital y a la recuperación económica de Europa tras la pandemia de COVID-19.
El objetivo de la Directiva sobre recuperación y resolución de seguros (IRRD) es garantizar que las aseguradoras y las autoridades pertinentes de la UE estén mejor preparadas en casos de dificultades financieras importantes, de modo que puedan intervenir con suficiente antelación y rapidez en una situación de crisis, incluso transfronteriza. . Esto protegerá a los titulares de pólizas de seguros, minimizando al mismo tiempo el impacto en la economía, el sistema financiero y cualquier recurso al dinero de los contribuyentes.
CANALIZACIÓN DE FONDOS PARA EMPRESAS
El acuerdo provisional incentivará a las aseguradoras a invertir en capital a largo plazo para la economía, en particular hacia el Pacto Verde. El acuerdo provisional mejora las medidas de garantía a largo plazo, haciéndolas más sensibles al riesgo y mejorando la resiliencia del sector asegurador, e introduce una nueva dimensión macroprudencial en el régimen. Al mismo tiempo, la sostenibilidad va a tener un papel muy importante.
Según el acuerdo, normas más simplificadas y proporcionadas garantizarán la flexibilidad y reducirán la carga administrativa, especialmente para las compañías de seguros pequeñas y no complejas. El marco mejorado también fortalecerá la coordinación entre las autoridades nacionales de supervisión con respecto a las actividades transfronterizas de aseguradores y reaseguradores.
PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
El Consejo y el Parlamento mejoraron la protección de los tomadores de pólizas de seguros, en particular cuando compran un seguro en otro país, mediante una mayor cooperación entre las autoridades de supervisión. Los consumidores también estarán mejor informados.
El acuerdo provisional asigna una serie de nuevas tareas a la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ), entre otras cosas en términos de elaboración de diversas vertientes de normas técnicas, es decir, legislación secundaria que enmarcará una implementación más precisa y armonizada de la Directiva en el Estados miembros.
El Consejo y el Parlamento acordaron que las nuevas normas se complementarán con actos delegados en una fase posterior, que garantizarán, en particular, una revisión equilibrada del marco prudencial de Solvencia II en términos de requisitos de capital.
RECUPERACIÓN Y RESOLUCIÓN DE SEGUROS
El acuerdo provisional introducirá un nuevo régimen armonizado a nivel europeo para resolver de forma ordenada a las aseguradoras. El Consejo y el Parlamento otorgan a las autoridades nacionales poderes preventivos para intervenir en una fase temprana. Los Estados miembros tendrán que establecer autoridades nacionales de resolución de seguros, ya sea dentro de las autoridades existentes o como nuevas entidades legales independientes, garantizar una cooperación transfronteriza efectiva y otorgar a la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA) un papel de coordinación.
El acuerdo provisional exige que las empresas y grupos de seguros y reaseguros elaboren y presenten planes de recuperación preventivos a las autoridades supervisoras nacionales. Este requisito se aplicará a las empresas que representen al menos el 60% del respectivo mercado de (rea)seguros.
Además, las autoridades de resolución deberán elaborar un plan de resolución para las empresas y grupos de seguros y reaseguros que representen al menos el 40 % de su mercado respectivo. En principio, las empresas pequeñas y poco complejas no estarán sujetas a requisitos de planificación preventiva de recuperación de forma individual.
A las autoridades de resolución se les otorgarían poderes para implementar acciones de resolución de manera coordinada y oportuna.
El acuerdo provisional proporciona a las autoridades de resolución herramientas y procedimientos de resolución (incluidas la amortización y la conversión, las eliminaciones de disolventes y las herramientas de transferencia) para abordar los fallos, especialmente en un contexto transfronterizo.
El acuerdo provisional añade condiciones más detalladas al uso de las herramientas y procedimientos. En particular, con respecto a las amortizaciones y conversiones, algunos pasivos se excluirán de estas herramientas para evitar resultados adversos para los tomadores de pólizas.
Además, se incluyen disposiciones específicas sobre acuerdos de financiación y una cláusula de revisión en relación con los sistemas de garantía de seguros. El acuerdo garantiza que el marco sea proporcionado y adaptado al sector asegurador.
Los textos de los acuerdos provisionales ahora serán finalizados y presentados a los representantes de los estados miembros y al Parlamento Europeo para su aprobación. Si se aprueban, el Consejo y el Parlamento tendrán que adoptar formalmente los textos.
